Asepsia e higiene en el medio hospitalario

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Aplicación de procedimientos de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental 

❱  Realizar los movimientos de forma suave y rítmica. ❱ Proteger al enfermo con nuestro cuerpo, sosteniéndolo y propor- cionándole el mayor apoyo posible. ❱  Realizar los movimientos de manera coordinada cuando intervie- ne más de un profesional. ❱  Adoptar siempre posturas correctas, corrigiendo los movimientos anómalos o forzados. ❱ Evitar los apoyos prolongados y los movimientos y esfuerzos re- petitivos. ❱ Solicitar ayuda cuando la tarea implique riesgo para el paciente o para el profesional. Si intervienen varios profesionales durante el movimiento, dar órdenes claras y concisas al ejecutar dichos movi- mientos. Se entiende por riesgo biológico laboral cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad causada por microorganismos que pueda con- traer un trabajador en el desempeño de sus funciones. La identificación y evaluación del riesgo conlleva, en una primera etapa, la identificación de los riesgos y, en una segunda etapa, la evaluación de los puestos de trabajo con riesgo y de los trabajadores expuestos. Las trabajadoras embarazadas no podrán, en ningún caso, realizar acti- vidades que supongan un riesgo de exposición al toxoplasma o al virus de la rubeola, en este último caso salvo que exista prueba de estar suficientemente protegida por su estado de inmunización. Las traba- jadoras seronegativas de las áreas de pediatría, tocología, transporte sanitario y, en general, todo el personal femenino en edad fértil deberá vacunarse contra la rubeola. Si se detectase un riesgo de exposición a agentes biológicos, se debe- rán adoptar una serie de medidas a fin de eliminar el agente o reducir sus riesgos. Estas medidas son: ❱ Sustitución de los agentes biológicos: se evitará la utilización de agentes biológicos peligrosos y se sustituirán por otros que no sean peligrosos para la salud y seguridad del trabajador. ❱ Reducción de los riesgos: cuando por motivos técnicos no es po- sible evitar la exposición, se reducirán los riesgos de la misma al mínimo adoptando las medidas que fuesen necesarias para tal fin. 5.2. Riesgos biológicos

RECUERDA QUE La altura de trabajo

debe estar a la altura del codo. Los alcances no

superarán los 38 cm y se situarán entre la altura del codo y la de la cabeza. Hay que evitar levantamientos de carga por encima de los 127 cm y por debajo de los 50 cm, si la posición es sentada.

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